viernes, 22 de enero de 2010

Tema 6

Este tema lo dimos en una parte del tema 3, pero me parecía más apropiado separarlos para que fuera más fácil de entender. Por eso no hablé sobre esta parte en el tema 3.


LA PARTICIPACIÓN EN LOS CENTROS, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS


Los principios de la escuela participativa, según Paolo Freire: Defensa de la autonomía como principio didáctico, dinámica de grupo, apertura a la vida por parte de la escuela, la educación ecológica.

Las finalidades de la escuela participativa son: Consecución de un ciudadano demócrata, uso de la metodología participativa, introducir la vida en la escuela y contribuir a escolarizar la vida, unir la teoría con la práctica, clima de diálogo, responsabilizar a cada institución – familia, escuela – resolución de los conflictos.

El consejo escolar: Director, jefe de estudios, concejal o representante del Ayto., profesores, padres y alumnos, representante del PAS y secretario.
El claustro: Director y todos los profesores.
Los órganos de gobierno:
Unipersonales: Director, jefe de estudios, secretario, jefe de departamento, tutores, coordinadores.


Colegiados: Junta escolar, junta económica, claustro de profesores, departamentos, equipos de ciclo, juntas de profesores / equipos docentes / equipos de grupo, comisión de coordinación pedagógica, consejo de delegados de alumnos…
Autonomía en los centros:
La LOE recoge que los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión.


Definición de autonomía de la escuela según Garagorri: “Es aquella capacidad por parte de la escuela de tomar decisiones por sí misma”.

Los centros docentes, especialmente, deben disponer de mayor margen de autonomía para mejorar su funcionamiento y para que puedan, asimismo, contextualizar mejor su oferta educativa.

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